NORMAS DE CONVIVENCIA PARA EL EDIFICIO
Las presentes NORMAS DE CONVIVENCIA PARA EL EDIFICIO ESPACIO PRATO tienen por objetivo servir de GUÍA de comportamiento básico al cual se comprometen a cumplir todos los inquilinos, sus familiares, dependientes, y en general para cualquier persona que visite el edificio.
Este documento tiene carácter obligatorio para toda persona, sin excepción o limitación alguna y su incumplimiento será causal de resolusión del contrato de alquiler. El mismo se encuentra disponible en la web y se le entregó una copia junto con el contrato en el momento de la firma.
USO DE LAS ÁREAS COMUNES
Las áreas comunes: escaleras, ingreso, pasillos, etc., están designados para el uso de todos los Residentes con fines de circulación, no con otros fines incluyendo los recreacionales.
Está prohibido que el tendido de ropa invada la fachada exterior del edificio. Los apartamentos del frente tienen terraza o patio para este fin.
RUIDOS MOLESTOS
Está prohibido producir ruidos que alteren la paz y tranquilidad de los residentes, especialmente en horas de la noche (23 a 8 hs.).
Todas las actividades familiares o reuniones sociales deberán realizarse dentro de los límites de los departamentos. Dichas reuniones deberán mantener un volumen moderado de música y voces, para no ocasionar molestias.
HUMO
Está prohibido la realización de fuego en parrilleros portátiles, medio tanque o cualquier medio similar.
MASCOTAS
Se aceptan hasta una mascota por vivienda que no generen molestias a los vecinos. En caso que la mascota genere molestias a los vecinos será causal de disolución de contrato. Si produjera algún daño en las áreas comunes del edificio, el dueño de la mascota será responsable de la limpieza o reparación, según sea el caso.
PAGO DE LOS GASTOS COMUNES
Es responsabilidad del inquilino el cumplimiento del pago de los gastos comunes antes del día 10 de cada mes. El retraso en el pago generará una mora del 12% de la cuota correspondiente el cual se continuará aplicando mensualmente si no se hiciera el pago.
APLICACIÓN DE PENALIDADES
En caso del incumplimiento reiterado de las normas descritas u otra no considerada, pero que atente contra la pacífica convivencia en el edificio, se procederá con una amonestación verbal en primera instancia y en caso de no encontrar una respuesta adecuada, con una amonestación escrita. De persistir el incumplimiento, será causal de resolución del contrato de alquiler.
Evitemos todo tipo de llamado de atención o sanción, una buena convivencia nos hace bien a todos.
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